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Discapacidad e inserción laboral: una mirada desde adentro y en primera persona

29 Junio 2011

Al momento de ingresar al campo laboral, se asumen las restricciones de una condición física como una incapacidad para la realización de un oficio u profesión, no importando que se cuente con elementos que acreditan lo contrario.

Romina Bajbuj >
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Romina BajbujPeriodista  

La ley de discapacidad  Nº 20.422, en su artículo 5 estipula que “persona con discapacidad es aquella que teniendo una o más deficiencias físicas, mentales, sea por causa psíquica o intelectual, o sensoriales, de carácter temporal o permanente, al interactuar con diversas barreras presentes en el entorno, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.

Está claro que mi discapacidad física me hace formar parte de este grupo de personas definido por la ley, no reniego de aquello y lo asumo como parte de mi realidad vital. 

No obstante me preocupa lo que parece aceptarse como condición inherente a la discapacidad: la restricción para la participación plena y efectiva en la sociedad. Esta afirmación puede hacer tambalear el cumplimiento de la ley, simplemente porque a mi juicio se basa en un equívoco. La discapacidad física genera dificultades que debemos sortear a diario, pero eso no implica necesariamente que no se pueda cumplir activamente con los diferentes roles que una persona desempeña en la sociedad: estudiantil, político, social, cultural, económico etc. Entonces fijar la restricción a priori como una verdad consuetudinaria, genera distorsiones que son el germen de la problemática que paso a enunciar.

Se sabe que el motor y el sustento de las sociedades, está en el trabajo que cada persona desde su disciplina puede aportar a la sociedad en su conjunto, asumiendo además que según lo establece la Constitución; todos los ciudadanos estamos en igualdad de condiciones ante la ley sin distinción alguna.

En mi caso he completado la educación básica, media y universitaria. Obtuve el título de periodista en el año 2008 en un proceso sin concesiones especiales, hasta aquí sí en igualdad de condiciones respecto a mis compañeros de carrera.

No obstante, al momento de ingresar al campo laboral, esta verdad consuetudinaria de la que habla la ley, comienza a hacerse carne. Se asumen las restricciones de una condición física como una incapacidad para la realización de un oficio u profesión, no importando siquiera que se cuente con elementos que acreditan lo contrario. Esta asunción se hace, no obstante, de forma solapada porque hacerlo abiertamente sería políticamente incorrecto. Mi afirmación está lejos de ser caprichosa ya que de ser así ¿cómo se explica que sólo el 29,2% de la población con discapacidad en edad productiva realiza algún trabajo remunerado? 1  Asumo que del total de población, hay un porcentaje que en razón de una discapacidad severa, se ve imposibilitada de realizar un trabajo remunerado, pero aún así la cifra es abrumadoramente elevada, más aún si se considera que es una cifra que data de seis años atrás.

Más allá de la estadística, puedo ratificar desde la experiencia, que hay un número importante de personas con discapacidad que pese a estar capacitados física y técnicamente para desempeñar una profesión u oficio, no encuentran cabida en el mundo laboral.

Así las cosas, no puedo más que reconocer que pese a ese equívoco semántico que identifiqué  en el articulo 5º  de la Ley de Discapacidad, se trata de una dolorosa verdad: no estamos en igualdad de condiciones, respecto a la población no discapacitada.

Ahora bien, una vez establecido lo anterior es necesario volver a la ley. En el artículo 45º se establece que “en los procesos de selección de personal, la Administración del Estado y sus organismos, las municipalidades, el Congreso Nacional, los órganos de la administración de justicia y el Ministerio Público seleccionarán preferentemente, en igualdad de condiciones de mérito, a personas con discapacidad”.                               

Pues bien, como profesional siempre he propendido por convicción, y sentido comunitario a ingresar a trabajar en el sector público; y mi experiencia práctica – esta vez sí meramente subjetiva - luego de casi dos años, me dice que no sólo no se cumple dicho enunciado, sino que se opera en sentido contrario, repito que de manera solapada para evitar ser políticamente incorrecto.

La razón creo, está lejos del lamento o la victimización, y es incluso sencilla: creo fervientemente en el poder de la palabra a nivel concreto y metafórico. De la misma manera, también sé que a nivel jurídico las palabras tienen que ser extremadamente precisas para asegurar su cumplimiento y hacer un seguimiento del mismo, ¿Cómo entonces, se puede medir el cumplimiento de lo que se define solo como “preferente”? Este adverbio de modo expresa sólo una tendencia, al carecer de una medida es imposible verificar de su impacto real, para acabar siendo una buena intención.

Hay una solución para este problema, pero la ley no la contempla: fijar una cuota de contratación en el sector público (y ojala también en el sector privado) para personas con discapacidad. Sé que el sistema de cuoteo, a veces genera distorsiones indeseadas, pero en este caso, donde la propia ley asume las “restricciones para la participación plena en la sociedad; ¿por qué no generar medidas concretas que contrarresten dichas restricciones, más allá de la buena intención?

Sé lo mucho que se ha avanzado en términos de pensiones, accesibilidad y rehabilitación para las personas con discapacidad y lo valoro enormemente, no obstante, el tema laboral ha estado invisibilizado o puesto en un segundo plano, pese a que es precisamente éste el que, al igual para  el resto de la sociedad, permitirá desarrollar plenamente nuestras capacidades y pensar en una vida independiente auto sustentada. Por otra parte, no creo estar planteando nada descabellado: igualdad de acceso y oportunidades para una sociedad más justa.

Es necesario agregar que más allá del diagnóstico de la situación, estoy articulando junto a más personas con discapacidad, una agrupación pro derechos de los discapacitados aún en ciernes.

La única manera de generar grandes cambios y mejoras sustanciales es comenzar por pequeñas transformaciones posibles. 

1
Según “ Primer Estudio Nacional de la Discapacidad en Chile” Fonadis – INE, 2004

  

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