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Corte Interamericana condena a Estado de Chile por caso de Karen Atala

20 Marzo 2012

La Corte Interamericana de Derechos Humanos “declaró a Chile responsable internacionalmente” a raíz del fallo de la Corte Suprema que en mayo del 2004 despojó a la jueza Karen Atala de sus tres hijas en razón de su orientación sexual.

Movilh Chile >
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La Corte Interamericana ordenó una serie de reparaciones para la jueza y sus hijas. La determinación fue festejada  por el Movilh, instancia que junto de calificarla de histórica llamó al Estado de chile a cumplir en forma íntegra lo exigido por la Corte. El organismo de minorías sexuales consideró además que Chile quedó en vergüenza ante los ojos de todo el mundo.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos “declaró a Chile responsable internacionalmente” de vulnerar los derechos a la igualdad y la no discriminación establecidos en la Convención Interamericana de Derechos Humanos a raíz del fallo de la Corte Suprema que en mayo del 2004 despojó a la jueza Karen Atala de sus tres hijas en razón de su orientación sexual.

En la sentencia, conocida públicamente hoy,  la Corte Interamericana consideró además que el Estado de Chile vulneró  con el fallo de la Corte Suprema otros variados principios de la Convención Interamericana de Derechos Humanos como el derecho a la vida privada, a la protección a la honra,  la dignidad y la familia y el derecho de los niños a ser oídos, entre otros.

“Además, respecto al derecho a la igualdad y no discriminación, la Corte estableció que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana bajo el término “otra condición social” establecido en el artículo 1.1 de la Convención. Por ello está proscrita por la Convención cualquier norma, acto o práctica discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona. En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual”, añadió la sentencia.

En el ámbito de las reparaciones, la Corte ordenó al Estado de Chile “i) brindar la atención médica y psicológica o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud especializadas a las víctimas que así lo soliciten; ii) publicar el presente resumen oficial de la Sentencia, por una sola vez, en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulación nacional, y la totalidad de la Sentencia en un sitio web oficial; iii) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso; iv) continuar implementando, en un plazo razonable, programas y cursos permanentes de educación y capacitación dirigidos a funcionarios públicos a nivel regional y nacional y particularmente a funcionarios judiciales de todas las áreas y escalafones de la rama judicial, y v) pagar determinadas cantidades por concepto de indemnización por daño material e inmaterial y por el reintegro de costas y gastos, según corresponda”.

Al conocer la sentencia, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)  la “consideró justa e histórica para los derechos humanos de las diversidad sexual, y en especial para los derechos de las familias homoparentales de todo el mundo”.

“Acá se ha hecho justicia frente a un brutal caso de discriminación que padecieron Atala y sus tres hijas y que ahora, gracias a la persistente lucha de la jueza, permiten que los derechos de todas y todos pasen a obtener mejores garantías de respeto en Chile”, añadió el Movilh.

Puntualizó que “recibimos con emoción esta sentencia que deja a Chile en vergüenza internacional, Quedó demostrado ante el mundo que en Chile no se respetan los derechos de la diversidad sexual y que el Estado debe ya reparar el daño haciendo reparaciones no sólo respecto al Caso Atala, las que exigimos se cumplan ya, sino que en relación a todos los grupos excluidos, siendo urgente en ese sentido la aprobación de ley contra la discriminación, así como las uniones de hecho y el matrimonio para todas parejas”

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