Corte de Valparaíso rechazó amparo presentado por profesor universitario por ilegalidad del toque de queda

Corte de Valparaíso rechazó amparo presentado por profesor universitario por ilegalidad del toque de queda

05 Noviembre 2019

A la fecha, a la Corte de Apelaciones de Valparaíso han ingresado 34 recursos de amparo por ilegalidad en la aplicación del toque de queda y por restringir la libertad ambulatoria

El Martutino >
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En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de amparo presentado por el profesor universitario, en contra del jefe de la Defensa Nacional en dicha zona, contralmirante Juan Andrés de la Maza Larraín, por la dictación del  estado de emergencia en la región de Valparaíso y la posterior disposición de toque de queda en la zona, por restringir de manera arbitraria e ilegal su derecho de libertad personal y de locomoción.

La resolución advierte que discernir si, en teoría, un Estado de Excepción Constitucional confiere o no la posibilidad de decretar la medida de toque de queda, excede el ámbito que busca cautelar el recurso de amparo, conforme se desprende de los considerandos tercero y cuarto que anteceden, máxime si no existen personas determinadas privadas o amenazadas en su libertad personal; acción constitucional que tampoco tiene por objeto dejar sin efecto un acto administrativo de carácter general que pueda dictar la autoridad competente, en los casos en que la Constitución Política de la República y las leyes así  lo señalan; ni tampoco revisar el contexto de hecho en que ha sido pronunciada la medida que se impugna.

Asimismo, detalla que el acto administrativo impugnado ya ha producido sus efectos en determinado territorio, en un  día específico y dentro de un rango horario previamente establecido, de lo que se sigue que este recurso cautelar también ha perdido oportunidad.

MÁS DE 30 RECURSOS

A la fecha, a la Corte de Apelaciones de Valparaíso han ingresado 34 recursos de amparo por ilegalidad en la aplicación del toque de queda y por restringir la libertad ambulatoria; así como por detención ilegal y amparos preventivos interpuestos a favor de dirigentes sociales.

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Foto: Huawei / Agencia Uno