La estrategia de Entel para dejar a Chile sin competencia de telefonía móvil

La estrategia de Entel para dejar a Chile sin competencia de telefonía móvil

30 Octubre 2012

La pregunta natural y obvia que a una persona le surge es si resulta legítimo que una empresa, abusando de las distintas acciones y recursos que el ordenamiento jurídico contempla, pretenda modificar una sentencia del máximo Tribunal de Chile. 

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Por Jaime Mulet

Chile, presenta uno de los mercados más concentrados en telefonía móvil del mundo. Esto ha significado que en nuestro país las tarifas del servicio de prepago, en los últimos 10 años, se haya mantenido en 300 pesos promedio, sin considerar las promociones estacionales. Qué decir de los datos móviles, hoy en día, un chileno C2, C3, D y E jamás podrá acceder a Internet o usar datos en su Smartphone, aunque haga el esfuerzo de comprarlo, ya que tendrá que pagar $500 al día.

Las autoridades hablan y hablan de libre competencia, portabilidad, neutralidad y un sinnúmero de conceptos técnicos que al usuario nada le dicen, mientras en su vida diaria, los sectores más desprotegidos de nuestra sociedad siguen pagando altas tarifas de telefonía móvil. En nuestra sociedad, los sectores más desprotegidos “pinchan” para comunicarse, pero no pueden generar comunicaciones, toda vez que cada llamada les cuesta $300 en promedio, más $500 diarios en datos, que deben restarle al gasto en alimentación y habitación.

El año pasado, nuestra Excma. Corte Suprema dio una señal extraordinaria en el mercado de la telefonía móvil, sancionando duramente a las empresas Entel PCS Telecomunicaciones Chile S.A., Telefónica Móviles Chile S.A y Claro Chile S.A., por negativa injustificada de venta de servicios móviles a empresas interesadas en constituirse en Operadores Móviles Virtuales (OMV).

Los OMV son empresas habilitadas para prestar servicios de telefonía móvil, sin necesidad de contar con espectro radioeléctrico para su prestación, que utilizan el recurso de las empresas de telefonía móvil establecidas. Este modelo de prestación de servicios en muy exitoso en el mundo entero, especialmente, en EUROPA y ha permitido introducir competencia en los mercados, no sólo por la vía del ingreso de un mayor número de operadores al mercado de la telefonía móvil, sino que porque este tipo de operadores diseñan productos especiales, destinados a satisfacer necesidades específicas de comunicación de ciertos sectores de la población, que la oferta de las empresas establecidas no cubre.

Como sostuvo la Excma. Corte Suprema las empresas Telefónica Móviles Chile S.A., Claro Chile S.A., y Entel PCS Telecomunicaciones S.A., a través de diversas acciones, consistentes todas en negativa de venta, paralizaron durante más de 6 años el ingreso de este tipo de operadores al marcado de la telefonía móvil, logrando ingresos millonarios, a costa de todos los chilenos por esa conducta. La Excma. Corte Suprema los sancionó a pagar la suma de 1400 millones de pesos, a cada una, y a disponer de una oferta de facilidades pública, transparente y no discriminatoria.

No obstante la gravedad de las conductas, ENTEL insiste en afectar al mercado de la telefonía móvil e impedir el desarrollo de los OMV, nada más y nada menos, que a través del Derecho. ¿Cómo? Pues bien, a la fecha, en conjunto con las demás sancionadas, ENTEL ha deducido 6 acciones judiciales tendientes a obtener que el máximo Tribunal anule el fallo que ha permitido que hoy exista la oferta de otros operadores, como es el caso de Telefónica del Sur, Virgin y Netline. Actualmente ENTEL ha presentado un recurso de revisión pretendiendo que nuestra Excma. Corte Suprema dicta fallos contradictorios y, en su mérito, anule el fallo que ha permitido incorporar competencia en el mercado de la telefonía móvil. ¿Por qué le molesta tanto el fallo de la Excma. Corte a Entel? ¿Será que no le interesa la libre competencia en el mercado de la telefonía móvil?

La pregunta natural y obvia que a una persona le surge es si resulta legítimo que una empresa, abusando de las distintas acciones y recursos que el ordenamiento jurídico contempla, pretenda modificar una sentencia del máximo Tribunal de Chile. No resulta razonable, ni menos aún aceptable, ya que ello daña gravemente la seguridad y certeza jurídica que requiere nuestro sistema, que pueda pretenderse que a través de simples argucias judiciales, puedan, en Chile, modificarse las sentencias del Máximo Tribunal de la República.

Esperamos que nuestra Excma. Corte Suprema resuelva prontamente el recurso de revisión y de una señal clara al país y a mis colegas abogados en torno a la ilegitimidad de abusar de los recursos y acciones que el ordenamiento jurídico otorga, con fines tan deleznables como el anular un fallo histórico en materia de libre competencia en Chile, entorpeciendo con ello la libre competencia en el país, viéndose perjudicados, como siempre, los sectores más desprotegidos