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Expertas analizan los desafíos de una constitución en materia de derechos humanos y medioambiente

15 Octubre 2020

Académicas UV Alejandra Zúñiga y Paula Gutiérrez se refirieron a la idea de cómo una nueva carta fundamental debería trabajar estas temáticas.

El Martutino >
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Por Universidad de Valparaíso

A poco más de una semana del plebiscito del 25 de octubre, diversas son las temáticas que han surgido desde la ciudadanía y la academia.

En este contexto, profesoras de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso plantean dos importantes tópicos que, aseguran, deben estar presentes en el debate constitucional: los derechos humanos y el medioambiente.

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Derechos humanos

La profesora Alejandra Zúñiga, autora de diversos libros y artículos sobre filosofía política, derechos humanos y bioética, aseguró que “la nueva constitución debe comenzar por ratificar los valores de la libertad, la igualdad y la dignidad, como inspiración de todo el ordenamiento jurídico. Sobre la base del pluralismo propio de las sociedades democráticas modernas, se reconocerá la autonomía moral de las personas y su libre desarrollo de la personalidad”.

Indicó, además, que la eventual nueva carta fundamental “debiera incorporar un catálogo abierto y progresivo de derechos que incluyan, al menos, los derechos ‘tradicionales’ y los llamados nuevos derechos individuales y colectivos, que den cuenta de la relación del individuo con el estado y la sociedad civil organizada. El estado debe brindar satisfacción efectiva a los derechos de forma universal, igualitaria y sin segregación, superando el déficit estructural que la vieja Constitución tiene en materia de derechos de la personalidad, políticos, económicos, sociales y culturales”.

“Como piso mínimo, por cierto, una nueva constitución debiera comprender que los derechos fundamentales contenidos en tratados internacionales ratificados y vigentes por Chile se entenderán parte de la constitución, y su interpretación debe ser armónica con el acervo jurisprudencial emanado de los órganos internacionales de protección de derechos humanos. La ley debiera regular cómo el estado dará cumplimiento a las sentencias de los tribunales internacionales de derechos humanos, y esta legislación debe indicar claramente cómo los tres poderes del estado deben intervenir y cumplir de buena fe las sentencias internacionales”, cerró.

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Materias medioambientales

Por su parte, la académica Paula Gutiérrez, diplomada en Derecho Ambiental, explicó que hay diferentes aristas que discutir en materia medioambiental. “En primer lugar, definir la posición que tendrá el estado respecto del medioambiente o a la naturaleza, y si será considerada en relación a las personas, es decir, como objeto de derecho, de protección, o se considerará como un sujeto de derecho, es decir, con derechos propios. Esto último ha tenido expresiones en constituciones como la de Ecuador o Bolivia, en que se ha comprendido a la Pacha Mama o a la Madre Tierra en una relación de igualdad en relación con las personas. Cuestión parecida ha ocurrido en el caso de Nueva Zelanda, en que se ha protegido a ríos, montañas, bosques como sujetos de derecho, aunque en este caso está relacionado con los pueblos originarios asentados en cierto territorio”.

“El mayor desafío que presenta Chile en el proceso constituyente es que la protección al medioambiente se convierta en un principio inspirador del estado, siendo parte de lo que se conoce como bases de la institucionalidad, de manera que esta protección al medioambiente sea independiente de los derechos fundamentales. Ha habido autoras, como Liliana Galdámez, que han planteado la necesidad de que en la constitución se consagre el principio preventivo, es decir, que el estado adopte decisiones para evitar el daño en el medioambiente, pudiendo ser este principio una inspiración para el ordenamiento jurídico y que las decisiones legislativas, judiciales o de política pública se orienten al desarrollo sostenible. Esto requerirá una discusión sobre cómo garantizamos que esa protección se cumpla y discutamos si es necesario tener una acción judicial de rango constitucional que permita exigir la protección en el caso que el estado no la cumpla, ya sea porque un órgano del mismo no ha orientado su actuar en ese sentido o que un particular haya incumplido dicho principio, algo así como una acción popular en favor de la naturaleza”, subrayó.

“Por otro lado, un tema que se toca especialmente con el medioambiente tiene relación con la forma en que se comprende el mundo: pueblos originarios y su cosmovisión vinculada al medioambiente. En la medida que haya protección efectiva al medioambiente, comprenderemos que la lógica extractivista con la que ha operado el estado chileno respecto de sus recursos naturales, creyendo que son inagotables, requiere ser cambiado por un trato más amigable y que confluya con el entendimiento de protección de la naturaleza como seres vivos, y que para nuestros pueblos originarios responde a formas de comprender la realidad y el entorno de forma colectiva, aunque no necesariamente renunciando a la individualidad. Finalmente, la temática medioambiental es entender que las personas somos parte del medioambiente, no estamos fuera de éste”, cerró.

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