Corte Suprema obliga al Estado a terminar con la contaminación en Quintero y Puchuncaví

Corte Suprema obliga al Estado a terminar con la contaminación en Quintero y Puchuncaví

29 Mayo 2019

Resolución del máximo tribunal del país responde a un recurso interpuesto en contra del Presidente de la República, el Ministerio del Medio Ambiente y el Servicio de Evaluación Ambiental.

El Martutino >
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La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y acogió los recursos de protección interpuestos por la comunidad y distintas organizaciones ciudadanas que, en lo sustancial, establecen que el Estado ha sido responsable del nivel de vulnerabilidad ambiental en el que habitan los territorios de Puchuncaví Quintero y obliga a distintas entidades de gobierno para que adopten diferentes medidas en favor de los afectados por la contaminación en la zona de Quintero, Ventanas y Puchuncaví.

La resolución del máximo tribunal del país responde a un recurso interpuesto en contra del Presidente de la República, el Ministerio del Medio Ambiente y el Servicio de Evaluación Ambiental, ante la respuesta que el gobierno ha tenido frente a los graves episodios de contaminación generados en la zona.

En este sentido, la Corte Suprema, en su primera consideración, señala que “la autoridad deberá efectuar, a la brevedad, los estudios pertinentes para establecer de manera cierta y fundada cuál es el método más idóneo y adecuado para determinar la naturaleza y características de los gases, elementos o compuestos producidos por todas y cada una de las fuentes presentes en la Bahía de Quintero, Ventanas y Puchuncaví”.

En otro de los puntos de la sentencia de la Corte Suprema se señala “la elaboración de un diagnóstico de base de las enfermedades detectadas a la población de esas comunas que permita determinar qué patologías han sido producidas por la contaminación del aire, del suelo y del agua; asimismo, deberá implementar un sistema de seguimiento de los casos detectados para verificar la prevalencia y supervivencia de esas patologías”.

En uno de elementos más llamativos de su sentencia, la Corte Suprema obliga al Estado al traslado de las personas directamente afectadas por estas emergencias contaminantes en la zona. Pero no solo de los pacientes directamente afectados, sino que amplía su protección a la ciudadanía vulnerable.

Reacciones

Para Matías Asun, director nacional de Greenpeace, “el máximo tribunal del país no sólo obliga a desarrollar este estudio, sino que obliga de manera perentoria al gobierno para que, en un plazo máximo de un año, implemente las medidas correctivas necesarias. En la práctica es un reconocimiento claro de que el Estado no ha estado cumplido su obligación de garantizar los derechos fundamentales de los habitantes de la zona,  cuestión que evidenció la emergencia y por ello obliga al gobierno no solo a proteger de manera efectiva y perentoria a los vecinos de esta zona de sacrificio, sino que señala que la autoridad debe revisar las autorizaciones ambientales entregadas a las empresas instaladas en la zona y evaluar el efecto sinérgico que estas tienen sobre la salud y el medio ambiente”.

“La corte es clara y enfática en señalar que cada vez que se produzca un evento crítico de contaminación, la población vulnerable será trasladada desde la zona afectada hacia lugares seguros y mientras perdure el señalado episodio. En la práctica se trata de evacuaciones masivas de protección que no tiene precedentes en nuestro país”, señala Matías Asun.

Katta Alonso,  de la organización Mujeres en Zonas de Sacrificio, comentó que "es un fallo histórico porque se reconoce que acá viven seres humanos. El fallo toca todos los puntos que nosotros venimos pidiendo y peleando hace tantos años, entonces para nosotros es súper importante e histórico. Por primera vez se reconocen todas las falencias que hay en nuestra bahía. Si este plan se implementara tal como lo dicta la Corte Suprema, podríamos vivir por fin en un ambiente limpio y libre de contaminación. Por fin vamos a saber con qué nos intoxicaron, por fin se va a ver la relación entre las enfermedades con la contaminación y se les va hacer un seguimiento. El fallo es muy completo y estamos esperanzadas y contentas, de algo ha servido nuestra lucha de tantos años".

El diputado de la Democracia Cristiana Daniel Verdessi, señaló que “esto viene a demostrar que en Derecho existe la necesidad de proteger a la población de los contaminantes, y la decisión de la Suprema recogió muchos de los planteamientos que hicimos cuando se produjeron las emergencias ambientales, era que había un peligro de un daño a la población. De ninguna manera significa que esto ha concluido y que no hay problemas con el nuevo plan de descontaminación, porque existe un amplio terreno donde no se han tomado decisiones como es la contaminación de la tierra y el agua, ya que estos planes solo toman en cuenta el tema del aire”.

Precisó, también, que “creo que es un gran paso que se ha dado para llegar a la población en una nueva ley ambiental que durante muchos años ha sido muy laxa y que no establece una protección al medioambiente. Hoy día la ley ambiental es laxa, débil e insuficiente, tenemos que trabajar en una ley ambiental que establezca como prioridad la protección del medioambiente y de las personas”.

Por su parte, el senador de Revolución Democrática, Juan Ignacio Latorre, afirmó que la resolución "viene a dar un espaldarazo a una demanda histórica de la comunidad y de las organizaciones sociales y ambientales que vienen denunciando hace muchos años la presencia de una zona de sacrificio en Quintero, Puchuncaví y Ventanas. Hay medidas básicas que se debieron haber tomado por el Estado, por los diferentes gobiernos de turno y por el gobierno particularmente de Sebastián Piñera a partir de las masivas intoxicaciones del año pasado, como por ejemplo, que las empresas tengan evaluación ambiental, hay algunas en el cordón industrial que no tienen evaluación ambiental, son cosas básicas".  

Foto: Greenpeace