Entérate si te corresponde recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias

08 Septiembre 2015

Llegó septiembre y de la mano el “dieciocho” para compartir con amigos, asados y cueca. También, los rumores de si habrá aguinaldo este mes. Averigua acá si estás o no sujeto a este beneficio.

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El aguinaldo es una remuneración que recibe el empleado adicionalmente a su mensualidad habitual, pueden existir uno o más durante el año, como por ejemplo, en Fiestas Patrias y Navidad, y corresponden al ámbito de las compensaciones que los departamentos de Recursos Humanos deben dirimir.

¿Qué dice la legislación al respecto? La Ley ampara esta bonificación extra solo a quienes trabajen dentro del sector público. Dentro del ámbito privado, queda a disposición del empleador si otorgar o no ésta. En otras circunstancias los sindicatos resuelven con el contratante este tema. Por tanto, los trabajadores estatales les corresponden obligatoriamente el aguinaldo.

“En los organismos públicos, el monto del aguinaldo será de $63.000.- para los trabajadores cuya remuneración líquida, que le corresponderá percibir en agosto, sea igual o inferior a $660.000 y de $44.119; para aquellas remuneraciones que supere dichos montos”, dice Enrique Pérez, Director de la carrera de Gestión en Recursos Humanos de CFT Pro Andes.

Además, este año el Gobierno ha decidido otorgar una bonificación extra al sector de pensionados, que involucra un total de a 2 millones 32 mil personas, las cuales recibirán junto con su pensión, la suma de $8.793; por cada carga familiar acreditada.

En el sector privado dependerá del empleador, pero puede existir el mecanismo que si dicho aguinaldo se hace sostenido en el tiempo y un año se decide no otorgarlo por parte del jefe, los trabajadores pueden exigirlo como un derecho adquirido.

Ahora que sabes un poco más, ¿recibirás aguinaldo este año?