Ley busca obligar a jardines infantiles y casas de reposo para adultos mayores a usar cámaras de grabación

03 Diciembre 2018

De no cumplirse la ley, se arriesgaría una multa de más de $48 millones.

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Varios casos de maltrato y abusos se han dado a conocer en jardines infantiles, salas cuna, guarderías, escuelas de  lenguaje, centros de cuidado, casas de reposo de adultos mayores y centros de rehabilitación de personas en condición de discapacidad en nuestro país.

Una situación que preocupa y motivó a los senadores Manuela José Ossandón y Rafael Prohens a presentar un proyecto de ley que obligue  a estas instituciones a usar cámaras de grabación, el cual será analizado por la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes y por la Comisión especial del adulto mayor, recientemente creada.

La propuesta establece que en todo jardín infantil, guardería, sala cuna, escuela de lenguaje o cualquier centro que se dedique al cuidado, resguardo o educación de niños y niñas en etapa preescolar, de instalar en sus salas e instalaciones cámaras para la grabación y registro de sus actividades diarias.

Al igual que en  los centros de cuidado, casas de reposo de adultos mayores y centros de rehabilitación de personas en condición de discapacidad.

Estas deberán ser almacenadas por al menos 180 días, para ser entregadas a los padres o tutores en caso que los soliciten.

Además aquellos centros de atención que no cumplan serán sancionados, con la retención del pago de subvención, si procede; clausura del estableciendo; y el pago de más de $48 millones (1.000 UTM), y el doble del monto si existe reincidencia.

Las obligaciones son las presentes en la ley 20.529, en caso de los centros que eduquen o cuiden a niños y niñas, y por lo establecido en el libro X del Código Sanitario, en el caso de centros de reposo de adultos mayores y de rehabilitación de personas en condición de discapacidad.