Persecución a usuarios de Cannabis: estado de alerta y una gran oportunidad

Persecución a usuarios de Cannabis: estado de alerta y una gran oportunidad

09 Septiembre 2020

En estos días hemos sido testigos de una nueva situación abusiva hacia quienes ejercen su derecho a cultivar cannabis para uso medicinal, según indicación de médicos tratantes.

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La intervención policial que terminó con la detención de Camila Téllez, sin instrucción del Ministerio Público, obedece a un descriterio histórico en esta materia, confundiendo las acciones penalizadas en nuestra ley de drogas, es decir las vinculadas al tráfico de sustancias, con los usos personales, exceptuadas de persecución penal. Así lo ha señalado con total claridad el ex vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, al señalar que “Quien tiene unas pocas plantas, un auto cultivo, para su consumo personal y próximo en el tiempo, con receta médica incluida, está amparado por la norma, pues no se trata de tráfico, que es el motivo de prohibición de la ley, ni se atenta contra salud pública, que es el bien jurídico protegido por ella. Buena parte de la jurisprudencia de la Corte Suprema ha sido clara en esta precisión, incluso en favor de grupos terapéuticos que cultivan marihuana para uso interno medicinal.”

“Agreguemos que, por el contexto legal y por sentido de realidad, no es aplicable a estos cultivos la autorización del SAG, que sólo la considera para cultivos industriales. La excusa policial en el sentido que las cinco pequeñas plantas encontradas necesitaban de ese trámite es equivocada”

No menos importante es la reflexión final del ex-magistrado “Pero hay ámbito de la libertad cuya afectación me parece más grave: el derecho de elegir mi medicina...Negar este derecho violenta la dignidad y favorece indebidamente a quienes -esgrimiendo diversas motivacionespretenden imponer determinadas conductas.”

La ciudadanía debe estar en estado de alerta frente a la inminente estrategia por volver a criminalizar usuarios como parte de cumplir con objetivos políticos y de control social. Por lo demás, este diseño sigue usando a las policías como agentes de control dirigido, haciendo un mal uso de sus recursos y por sobre todo empujandolos a ser parte de un modelo fracasado que ha generado ya demasiados costos para la sociedad.

Por estas y otras razones, que un número de actores ligados a estas materias y ciudadanos afectados, nos declaramos en estado de alerta e invitamos a la ciudadanía a hacer lo mismo.

Una gran oportunidad

Hoy se discute en la Comisión de Constitución de la Cámara Baja el proyecto de ley que fortalece la persecución de los delitos sancionados en la ley n° 20.000, impulsado por el ejecutivo, cuyo texto original, de ser aprobado tal como está, redundará en mayor persecución a usuarios de cannabis, hoy despenalizado en Chile, dejando aún más difusos los límites entre el consumo personal y medicinal en el derecho penal. Estas modificaciones se tramitan en el marco de la agenda de populismo penal articulada por el Gobierno.

Tenemos hoy la oportunidad histórica de agregar las indicaciones necesarias para terminar con esta confusión que, en sus consecuencias, atenta contra el Estado de Derecho. Estas indicaciones deberán despejar con claridad la distancia entre usos ilícitos (tráfico) y usos lícitos (cultivo personal y cultivo colectivo para uso personal, lo que incluye el cultivo para uso medicinal).

Todo, con el objetivo de resguardar los derechos de las personas como permitir una política de drogas y persecución a narcotraficantes más efectiva.

Las modificaciones planteadas por el Ejecutivo pretenden eliminar dos herramientas clave para que la justicia pueda discernir entre las acciones de tráfico y el consumo personal entre los cuales se encuentra el uso medicinal; se propone eliminar la determinación de la “pureza” de la sustancia y reemplazarlo por la “cantidad”, lo que significa que todas las partes de la planta de cannabis se considerarán droga aun cuando no sean de utilidad para el consumo. Sabemos que las hojas, los tallos y raíces no son utilizadas, sino que solamente las sumidades floridas.

La otra modificación preocupante es la de agregar en la excepción del cultivo para uso personal y/o medicinal que exime de pena a los usuarios, el concepto “insignificantes cantidades” para el consumo próximo y exclusivo en el tiempo, lo que permite calificar a un usuario medicinal como traficante por el solo hecho de poseer cantidades que no se consideran insignificantes y por a su finalidad.

Tal como se muestra, con estas dos modificaciones el proyecto del ejecutivo, orientado al microtráfico y no a los grandes traficantes, afectará a los usuarios personales y medicinales que no son delincuentes y quienes no tendrán instrumentos de prueba suficientes para demostrar aquello.

Los objetivos de estas modificaciones, impulsados por el Servicio Nacional de Drogas y Alcohol (SENDA) dependiente del Ministerio del Interior, refleja una nula estrategia de prevención desde una perspectiva de salud pública y se recurre a abordar el problema del abuso de sustancias desde una perspectiva penal, punitiva y de persecución. Con ello se criminaliza a usuarios que no son delincuentes y hacen uso responsable del cannabis ya sea personal o para atender un tratamiento médico.

Mientras nos declaramos en alerta, solicitamos a las y los parlamentarios avanzar en indicaciones que resguarden con mayor claridad los derechos, la dignidad y la privacidad de las personas.

Firman: • Eduardo Vergara, Director Ejecutivo Fundación Chile 21 • José Henríquez Muñiz, Director Ejecutivo Asociación Pensamiento Penal Chile • Ana María Gazmuri, Directora Ejecutiva Fundación Daya • Paulina Bobadilla, Presidenta Fundación Mamá Cultiva • Claudio Nash Rojas, Presidente Fundación Diálogo Jurisprudencial Iberoamericano • Mariela Serey, Directora Ejecutiva Agrupación Yo Cuido • Juan Pablo Olmedo, Presidente de Fundación ProAcceso • Claudio Venegas, Director de Cañamo • Paula Arriagada, Directora Fundación Despierta